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Tesis 2000801

GUARDA Y CUSTODIA DE LOS MENORES DE EDAD. LA DECISIÓN JUDICIAL RELATIVA A SU OTORGAMIENTO DEBERÁ ATENDER A AQUEL ESCENARIO QUE RESULTE MÁS BENÉFICO PARA EL MENOR (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 4.228, FRACCIÓN II, INCISO A), DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO).

Apelación E-636/2019 – 3ro Familiar

EXP. NO. 636/2019FERNANDO RODRÍGUEZ HERRERAv.sCLAUDIA STEPHANIE ATILANO SALDIVARACTOS DE LA JUEZ TERCERO FAMILIARAPELACIÓN JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR EN EL ESTADO PRESENTE                    FERNANDO RODRIGUEZ HERRERA, con la personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en autos del…